Tras una larga experiencia ejerciendo como abogados de divorcios en Reus, sabemos que uno de los temas que concentra buena parte de las preocupaciones de los padres inmersos en un proceso de separación es el de la pensión que tienen que pasar a su cónyuge una vez conseguido el divorcio. Por este motivo queremos plasmar en este artículo las respuestas a algunas de las preguntas que nos hacen con más frecuencia.

Hay que empezar por decir que, pese a lo que pueda pensarse, en la pensión alimentaria se incluyen otros conceptos además de la alimentación: vestido, colegios, clases extraescolares, vacaciones, asistencia médica… La cuantía de la pensión no la marcan los abogados de divorcios en Reus, sino que es el juzgado el que la determina en una sentencia y se calcula teniendo en cuenta diversas variables como pueden ser el número de hijos, los ingresos de los padres… Por tratarse de una sentencia, sólo otra sentencia puede modificarla, de forma que, si cambia la situación económica de uno de los padres, la cantidad no puede dejar de pagarse hasta que no haya una sentencia que lo autorice.

Precisamente por ser una sentencia judicial, no pagar la pensión durante dos o más meses se considera un delito de abandono familiar y puede castigarse con un año de prisión, independientemente de que un proceso civil pueda conseguir el embargo del sueldo del progenitor moroso.

Además, cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad no se interrumpe la obligatoriedad de pagar la pensión, sino que esta continúa hasta que alcanzan su independencia económica.

Es posible que aún te asalten algunas dudas sobre la pensión por alimentos u otros temas relacionados con el proceso de divorcio, si es así, recuerda que en Atresadvocats estaremos encantados de responderlas.