Además de expertos en temas de familia y por lo tanto en custodia compartida en Reus, lo somos en el ámbito del derecho penal. Por eso mismo queremos dedicar esta nueva entrada a explicar lo que es la presunción de inocencia. Es el principio in dubio pro reo, un término que procede del latín como muchos otros en nuestro sector profesional. 


Es un derecho constitucional exclusivo de los procesos que van por la vía penal. La presunción de inocencia es una presunción “iuris tantum”, que admite prueba en contrario. En el despacho de Atresadvocats te recordamos que a una persona, por el mero hecho de serlo, se le presume inocente en el curso de un proceso penal a no ser que se pruebe lo contrario. La desaparición de la presunción de inocencia no significa que automáticamente se declare la responsabilidad criminal de la persona. Para que una prueba acabe con la presunción de inocencia ha de cumplir con una serie de requisitos como ser legítima, haber sido obtenida por cauces legítimos, es decir, sin haber infringido ninguna ley ni los derechos constitucionales. Tiene que ser inmediata y ha de estar sometida a contradicción. Lo último quiere decir que la defensa del acusado puede repreguntar a las personas físicas que declaren a instancias de la acusación. 


Como expertos en custodia compartida en Reus y en otras ramas del Derecho te insistimos en que este tipo de pruebas tienen que ser públicas y orales. De hecho, se estará contraviniendo la presunción de inocencia al condenar a un reo sin que exista prueba de cargo que la destruya.